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¿Te pueden multar si tu web no es accesible?

5 min de lecturaaccesibilidadlegal

Sí. De 301 € a 1.000.000 €, según la gravedad.

Pero esa cifra sola no sirve para decidir nada, y quien te la enseña sin lo que viene después te está vendiendo miedo. La pregunta útil es otra: ¿estás tú obligado? Porque hay bastantes pymes que no lo están, y conviene saberlo antes de firmar una auditoría de tres mil euros.

Cuánto, exactamente

Las infracciones del Título I de la Ley 11/2023 se sancionan por la legislación sectorial y, en lo que esta no prevea, por el Título III del Real Decreto Legislativo 1/2013. Estos son los tramos:

Gravedad Hasta Prescribe a los
Leve 30.000 € 1 año
Grave 90.000 € 3 años
Muy grave 1.000.000 € 4 años

El suelo de todas ellas son 301 €. Y el millón no es para una web con poco contraste: ese tramo está pensado para el incumplimiento deliberado en servicios críticos, la obstrucción de una inspección o la reincidencia.

Quien vigila son las autoridades de vigilancia del mercado (artículo 29 de la Ley 11/2023). No es un robot que rastrea webs: se actúa por denuncia, por reclamación de una persona usuaria o en una inspección sectorial.

¿Estás obligado? Míralo aquí

Tu situación ¿Obligado?
Menos de 10 empleados y menos de 2 M € de facturación No, si son servicios
…pero prestas un servicio público o esencial Sí
10 empleados o más, o más de 2 M € Sí
Vendes online, aunque seas pequeño Revísalo con cuidado

Las dos condiciones de la exención son acumulativas: hay que cumplir las dos. Con 8 empleados y 3 millones de facturación, no eres microempresa.

Y la exención no es un cheque en blanco: cubre la prestación de servicios, hay que poder justificarla documentalmente, y en ningún caso levanta los principios de igualdad y no discriminación. Traducido: estar exento de la norma técnica no te protege de una demanda por discriminación.

Los sectores nombrados expresamente son comercio electrónico, banca, transporte, telecomunicaciones, servicios audiovisuales y libros electrónicos.

Cuánto margen queda

Aquí hay dos plazos que casi nadie menciona y que pueden darte aire:

Situación Hasta cuándo
Productos que ya usabas antes del 28-06-2025 28 de junio de 2030
Contratos de servicio firmados antes del 28-06-2025 Hasta que venzan, máximo 5 años

Ojo con leer esto como una prórroga general: no lo es. Es para lo que ya estaba en marcha. Una web nueva publicada hoy nace obligada desde el primer día si tu empresa está dentro.

Lo que cuesta más que la multa

Y esta es la parte que de verdad mueve la decisión, porque la multa es improbable y lo de abajo es cotidiano:

  • Las ayudas públicas. Una empresa sancionada puede quedar excluida de subvenciones, el Kit Digital incluido.
  • La contratación pública. La accesibilidad es criterio en los pliegos. Sin ella, ni te presentas.
  • Tus propios clientes. Si vendes a empresas grandes o a la administración, cada vez más te la exigen a ti por contrato, estés exento o no.
  • La gente que no puede comprarte. En España hay millones de personas con alguna discapacidad. Un formulario que no funciona con teclado es un carrito abandonado.

Cómo saber si cumples

Un dato que conviene tener antes de contratar nada: las herramientas automáticas detectan entre el 30 % y el 40 % de los errores. El resto —el orden del foco, si las etiquetas describen lo que hacen, si un vídeo se entiende sin sonido— requiere que alguien lo pruebe.

Así que un informe generado por una máquina, a secas, no es una auditoría. Es un punto de partida.

Si quieres empezar por tu cuenta, en accesibilidad web obligatoria están las seis cosas que arreglan la mayor parte del problema y cómo comprobarlas tú mismo, sin instalar nada.

Cómo lo hago yo

La conformidad WCAG 2.2 AA va incluida en todos los proyectos, también en el paquete de entrada y también si estás exento. No es un extra de la lista de precios.

Por qué así Motivo
Cuesta poco al construir Hacerlo bien desde el principio son horas; rehacerlo son semanas
La exención puede caerse Contratas a tu empleado número diez y pasas a estar dentro
No depende de la ley Un formulario que funciona con teclado vende más. Sin más

La versión que aplico es la 2.2, no la 2.1 que exige la norma: la diferencia de esfuerzo es mínima y evita rehacerlo en la próxima revisión.

Si lo que tienes ya está construido y hay que arreglarlo, eso es la adaptación a la ley de accesibilidad: informe priorizado por impacto y corrección en el código, no un plugin que pinta un muñeco en una esquina.


No soy abogado. Aquí están la norma y las cifras para que sepas dónde te sitúas; para un caso concreto —sobre todo si dudas de la exención— eso lo firma un abogado.

¿No tienes claro si estás dentro? Cuéntame tu caso y te digo en qué lado caes y qué haría yo. Si ya tienes web, te la reviso gratis y te digo qué le falta. Los precios están en precios y plazos.


Fuentes (consultadas en septiembre de 2026): Ley 11/2023, de 8 de mayo, artículos 29 y 30 · Real Decreto Legislativo 1/2013, Título III · Directiva (UE) 2019/882, aplicación desde el 28 de junio de 2025.

Lo que hago con estoAccesibilidad web: adapta tu web a la ley sin rehacerla

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